Los Primeros Custodios del Orden y Cuerpos Policiales
Luego de la proclamación de la independencia del Perú en
1821 por el Libertador General Don José de San Martín se crea la "Milicia
Cívica", con la finalidad de mantener el orden público, teniendo como
Inspector General a Don José Bernardo de Tagle y Portocarrero, Marqués de Torre
Tagle, quien posteriormente ejercería el Supremo Gobierno entre 1823 - 1824,
con el título de Supremo Delegado (19 de enero al 21 de agosto de 1822).
El protectorado sanmartiniano además reconoce en los
Presidentes de las Juntas Departamentales la función de Jueces de Policía, a
fin de velar por la moral pública y todo lo que tenga relación con el
adelantamiento de los pueblos. Posteriormente entre 1822 y 1823 se norma a los
servicios de policía poniéndolos a cargo de “Comisarios” y “Decuriones”,
manteniendo como apoyo a los viejos “Alcaldes de Barrio”. También apareció en
esta época una policía secreta conocida como la Brigada Civil, la que tenía como
misión dar cuenta de aquellos que conspiraran contra la causa de la
Independencia, con agentes infiltrados en la administración del nuevo gobierno
como en el mismo Ejército.
En 1823 se dictó la Primera Constitución Política del Perú,
que fue sancionada por el Primer Congreso Constituyente el 12 de noviembre de
1823, siendo presidente de la República Don José Bernardo Tagle, en la cual se
establece la creación de tres Ministerios: el de Gobierno y Relaciones
Exteriores, el de Guerra y Marina; y el de Hacienda, poniéndose el ejercicio de
la función policial bajo competencia del Ministerio de Gobierno.
En esta Constitución si bien se establecía que para mantener
la seguridad y el orden público, las Municipalidades tuvieran a cargo la
“Policía de Orden”, también se aclaraba en su Artículo 165º, en lo referente a
la Fuerza Armada y Policía, que: "Constituyen la Fuerza Armada de Tierra:
El Ejército de Línea, la Milicia Cívica y la Guardia de Policía",
priorizando la Milicia Cívica la cual se encargará de mantener la seguridad
pública entre los límites de cada Provincia y la Guardia de Policía para
proteger la seguridad privada, purgando los caminos de malhechores, y
persiguiendo a los delincuentes con sujeción a las órdenes de la autoridad
respectiva. Del mismo modo el artículo 177º, textualmente nos dice: “Se creará
una Guardia de Policía en todos los departamentos que la exijan conforme a sus
necesidades”.
El Libertador Don Simón Bolívar Palacios, mediante Decreto
del 7 de enero de 1825, convirtió a la Milicia Cívica en “Guardia Nacional”,
con el fin de conservar el orden público en cada una de las regiones y pueblos.
Esta “Guardia Nacional”, formada sobre la base de personal licenciado del
ejército y organizada bajo un sistema castrense, constituía también la reserva
del Ejército del Perú y era parte de las fuerzas armadas. El 9 de diciembre de
1826, se expide la Constitución Vitalicia, que en uno de sus artículos
establecía que la función policial se independizaba del gobierno municipal (que
era rezago de la época virreinal), pasando al Ministerio de Gobierno por
intermedio de las Prefecturas e Intendencias.
El 20 de enero de 1827 se dictó un “Reglamento Provisional
de Policía”, manuscrito y rubricado por el propio Presidente del Consejo de
Gobierno de la República Peruana Mariscal Don Andrés de Santa Cruz Calaumana.
En 1834 reaparecen los “serenos”, adecuadamente armados y
uniformados, durante el primer gobierno del Mariscal Luis José de Orbegoso y
Moncada, quienes efectuaban labores de vigilancia durante el Virreinato. A
poco, el “Reglamento de Arequipa” crea los Inspectores y los Celadores, y las
Fuerzas del Orden y Seguridad Interna pasan a órdenes del Intendente de Policía
de Lima y de los Subprefectos de provincias.
En su segundo gobierno (1836 - 1837), el Mariscal Andrés de
Santa Cruz extendió la acción policial por todo el territorio, implantó la
contribución del Serenazgo; previamente para el pago de los empleados llamados
Serenos que prestaban una vigilancia permanente.
El Mariscal Agustín Gamarra, promulga en 1839 en Huancayo,
un nuevo Reglamento de Policía, que mantiene al Intendente de Policía a la
cabeza de un reorganizado Cuerpo de Serenos y Vigilantes; se establecen las
categorías de Comandante, Tenientes y Cabos, Serenos y Vigilantes; se divide
Lima en diez distritos y se pormenoriza las distintas funciones que serán de su
competencia.
En 1845, el mariscal Ramón Castilla y Marquesado, en su
primer gobierno (1845 - 1851), dispone de una nueva organización de la “Guardia
Nacional”, distribuyéndola en todos los departamentos, dicta nuevas normas y
una reglamentación encaminada a delimitar funciones de las autoridades
Políticas y de la Inspección General de la expresada Fuerza.