martes, 13 de noviembre de 2012



Los Primeros Custodios del Orden y Cuerpos Policiales
Luego de la proclamación de la independencia del Perú en 1821 por el Libertador General Don José de San Martín se crea la "Milicia Cívica", con la finalidad de mantener el orden público, teniendo como Inspector General a Don José Bernardo de Tagle y Portocarrero, Marqués de Torre Tagle, quien posteriormente ejercería el Supremo Gobierno entre 1823 - 1824, con el título de Supremo Delegado (19 de enero al 21 de agosto de 1822).

El protectorado sanmartiniano además reconoce en los Presidentes de las Juntas Departamentales la función de Jueces de Policía, a fin de velar por la moral pública y todo lo que tenga relación con el adelantamiento de los pueblos. Posteriormente entre 1822 y 1823 se norma a los servicios de policía poniéndolos a cargo de “Comisarios” y “Decuriones”, manteniendo como apoyo a los viejos “Alcaldes de Barrio”. También apareció en esta época una policía secreta conocida como la Brigada Civil, la que tenía como misión dar cuenta de aquellos que conspiraran contra la causa de la Independencia, con agentes infiltrados en la administración del nuevo gobierno como en el mismo Ejército.

En 1823 se dictó la Primera Constitución Política del Perú, que fue sancionada por el Primer Congreso Constituyente el 12 de noviembre de 1823, siendo presidente de la República Don José Bernardo Tagle, en la cual se establece la creación de tres Ministerios: el de Gobierno y Relaciones Exteriores, el de Guerra y Marina; y el de Hacienda, poniéndose el ejercicio de la función policial bajo competencia del Ministerio de Gobierno.

En esta Constitución si bien se establecía que para mantener la seguridad y el orden público, las Municipalidades tuvieran a cargo la “Policía de Orden”, también se aclaraba en su Artículo 165º, en lo referente a la Fuerza Armada y Policía, que: "Constituyen la Fuerza Armada de Tierra: El Ejército de Línea, la Milicia Cívica y la Guardia de Policía", priorizando la Milicia Cívica la cual se encargará de mantener la seguridad pública entre los límites de cada Provincia y la Guardia de Policía para proteger la seguridad privada, purgando los caminos de malhechores, y persiguiendo a los delincuentes con sujeción a las órdenes de la autoridad respectiva. Del mismo modo el artículo 177º, textualmente nos dice: “Se creará una Guardia de Policía en todos los departamentos que la exijan conforme a sus necesidades”.

El Libertador Don Simón Bolívar Palacios, mediante Decreto del 7 de enero de 1825, convirtió a la Milicia Cívica en “Guardia Nacional”, con el fin de conservar el orden público en cada una de las regiones y pueblos. Esta “Guardia Nacional”, formada sobre la base de personal licenciado del ejército y organizada bajo un sistema castrense, constituía también la reserva del Ejército del Perú y era parte de las fuerzas armadas. El 9 de diciembre de 1826, se expide la Constitución Vitalicia, que en uno de sus artículos establecía que la función policial se independizaba del gobierno municipal (que era rezago de la época virreinal), pasando al Ministerio de Gobierno por intermedio de las Prefecturas e Intendencias.
El 20 de enero de 1827 se dictó un “Reglamento Provisional de Policía”, manuscrito y rubricado por el propio Presidente del Consejo de Gobierno de la República Peruana Mariscal Don Andrés de Santa Cruz Calaumana.

En 1834 reaparecen los “serenos”, adecuadamente armados y uniformados, durante el primer gobierno del Mariscal Luis José de Orbegoso y Moncada, quienes efectuaban labores de vigilancia durante el Virreinato. A poco, el “Reglamento de Arequipa” crea los Inspectores y los Celadores, y las Fuerzas del Orden y Seguridad Interna pasan a órdenes del Intendente de Policía de Lima y de los Subprefectos de provincias.
En su segundo gobierno (1836 - 1837), el Mariscal Andrés de Santa Cruz extendió la acción policial por todo el territorio, implantó la contribución del Serenazgo; previamente para el pago de los empleados llamados Serenos que prestaban una vigilancia permanente.

El Mariscal Agustín Gamarra, promulga en 1839 en Huancayo, un nuevo Reglamento de Policía, que mantiene al Intendente de Policía a la cabeza de un reorganizado Cuerpo de Serenos y Vigilantes; se establecen las categorías de Comandante, Tenientes y Cabos, Serenos y Vigilantes; se divide Lima en diez distritos y se pormenoriza las distintas funciones que serán de su competencia.
En 1845, el mariscal Ramón Castilla y Marquesado, en su primer gobierno (1845 - 1851), dispone de una nueva organización de la “Guardia Nacional”, distribuyéndola en todos los departamentos, dicta nuevas normas y una reglamentación encaminada a delimitar funciones de las autoridades Políticas y de la Inspección General de la expresada Fuerza.

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